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Nuevo Régimen Penal Juvenil: Cambios Clave en la Imputabilidad desde los 14 Años

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El nuevo régimen penal juvenil, que establece la baja de la imputabilidad para menores a partir de los 14 años, entra en vigencia este sábado. Esta reforma, que modifica la Ley 22.278 vigente desde la década de 1980, fue aprobada por el Congreso y busca actualizar la normativa sobre los delitos cometidos por adolescentes.

La Ley 27.801 tiene como objetivo fomentar la responsabilidad legal en los jóvenes, promoviendo su educación, resocialización e integración social. Con esta nueva legislación, los menores podrán ser juzgados a partir de los 14 años, a diferencia de los 16 que establecía la ley anterior, y enfrentar penas de hasta 15 años.

Uno de los aspectos relevantes del nuevo régimen es que los progenitores serán responsables civilmente por los actos ilícitos de sus hijos. Además, se mantiene la prohibición de divulgar la identidad de los adolescentes imputados, protegiendo así su privacidad.

Los adolescentes que cometan delitos y sean juzgados podrán ser detenidos en dependencias acondicionadas para menores, garantizando que no compartan alojamiento con adultos. La ley también establece su derecho a acceder a programas educativos y de formación para facilitar su inserción social.

Las penas que establece la nueva ley

El nuevo marco legal contempla diversas penas, entre las cuales se incluyen:

AmonestacionesProhibición de contacto o aproximación a la víctima y su familiaProhibición de conducción de vehículosProhibición de concurrir a espectáculos y establecimientosProhibición de salida del paísPrestación de servicios a la comunidadMonitoreo electrónicoReparación integral del daño a la víctimaPenas privativas de libertad en el domicilio o en instituciones específicas

La ley permite evitar la pena de prisión en ciertas circunstancias, como cuando la condena no supera los 3 años o si la pena es de entre 3 a 10 años, siempre que el delito no implique graves daños a la víctima y el joven no tenga condenas previas.

Es importante destacar que, en todos los casos, se deberán imponer medidas específicas que busquen desarrollar la educación y conciencia del joven respecto a la gravedad de sus actos, promoviendo su resocialización.

Cuando un joven cumpla dos tercios de su pena en detención y cumpla con las condiciones para acceder a la libertad condicional, podrá continuar su condena con penas alternativas. Sin embargo, en caso de incumplimiento de estas penas alternativas, el juez podrá imponer sanciones más severas.

Fuente: NA

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